Lo que suele permitirse en suelo rústico:
Estas son algunas de las posibilidades habituales, siempre que cumplan los requisitos normativos locales y autonómicos:
Construcciones para uso agrario, ganadero o forestal:
Por ejemplo, almacenes, cobertizos, naves agrícolas, instalaciones de explotación agrícola, etc. Si hay una explotación agrícola activa muchas veces se permite algún edificio necesario para esa actividad.
Viviendas vinculadas a la actividad agrícola/ganadera:
En algunos casos se permite construir una vivienda si está directamente ligada a una explotación agropecuaria, para que quien la utilice viva cerca de la actividad. Pero hay condiciones: la vivienda debe estar justificada, la parcela mínima debe cumplir unas normas, los retranqueos, altura, volumen, etc.
Obras auxiliares o casetas de aperos:
Pequeñas construcciones (almacenes, cobertizos, casetas de herramientas, pozo, etc.) suelen estar más fáciles de permitir, aunque también con límites de tamaño, altura, ubicación, y siempre sujeto a licencia.
Rehabilitación/restauración de edificaciones tradicionales existentes:
Si hay construcciones antiguas que forman parte de la finca, a veces se permite su restauración o uso siempre que no se altere sustancialmente su estructura, o si la normativa local lo permite.
Obras de interés público, social o vinculadas a infraestructuras:
Por ejemplo instalaciones de servicios públicos, carreteras agrícolas, depósitos de agua, etc., siempre que estén justificadas y autorizadas.
Lo que suele estar prohibido o muy restringido:
Viviendas libres (no vinculadas a explotación agrícola) sin justificación clara.
Parcelaciones urbanísticas: dividir la finca en muchas parcelas con fines residenciales suele no estar permitida.
Edificaciones que afecten zonas protegidas (paisajísticas, reservas naturales, cauces de ríos, etc.).
Construir con densidades, volúmenes, alturas que superen lo que dice el plan urbanístico local.
Información concreta que necesitas averiguar:
Para saber lo que tú puedes hacer con un terreno rústico de ~4900m² en Cullera, deberías comprobar:
Tipo exacto de suelo:
Consulta en el PGOU de Cullera o en el Catastro/k Junta de Suelo cuál es la clasificación exacta: suelo rústico común, protegido, forestal, etc.
Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Cullera:
Ver qué usos permite para tu parcela, qué condiciones de edificabilidad, retranqueos, altura, superficie edificable, densidad, etc.
Normativa autonómica aplicable:
Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad Valenciana (LOTUP) y otras normas de la Generalitat que afecten a construcciones en suelo rústico.
Normativa municipal:
Ordenanzas locales, requerimientos del ayuntamiento de Cullera, las licencias necesarias, si hay programa rural, uso agrario, etc.
Servicios disponibles:
Si tienes o puedes llevar agua, electricidad, carretera, acceso, evacuación de aguas residuales, etc. A veces eso condiciona muchísimo o impide algunos usos.
Mi estimación para 4900m²:
Dado que tu parcela tiene unos 4900m², que no es una extensión pequeña, pero tampoco enorme:
Si la normativa municipal lo permite, podrías tener una pequeña vivienda ligada a explotación agrícola si demuestras que vas a usar la tierra para producción, etc.
Podrías construir almacenes, casetas, cobertizos, instalaciones auxiliares para usos rurales.
En muchos casos, la normativa exige que la parcela mínima sea mayor para permitir una vivienda “no urbana”; por ejemplo, hay sitios que piden 10.000m² mínimo para vivienda libre en suelo rústico. No sé si en Cullera será ese mínimo.
Si está en un suelo rústico con protección especial o cercano a zonas protegidas, puede que ni siquiera esos usos agrícolas auxiliares estén permitidos o que lo sean con fuertes restricciones.
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